Código Técnico de la Edificación
El Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado 17 de marzo de 2.006 por El Consejo de Ministros, y de obligado cumplimiento a partir del 29 de marzo de 2.007 para los proyectos de los que se solicite licencia de obra, es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
Dicha Ley tiene por objeto regular el proceso de la edificación, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso, así como las garantías necesarias para el adecuado desarrollo del mismo.
Con este nuevo código se pretende superar la vigente normativa técnica de la edificación de 1.977 para armonizar la normativa española con la de la UE.
• Estructura y contenidos
El Código Técnico de la Edificación está dividido en dos partes. En la primera se detallantodas las exigencias en materia de seguridad y de habitabilidad que son preceptivas a la hora de construir un edificio, según la Ley de Ordenación de la Edificación.
La primera parte está subdividida a su vez en varias secciones referidas cada una de ellas a las distintas áreas que deben regularse. En el ámbito de la seguridad nos encontramos las disposiciones referidas a la seguridad estructural, la seguridad en caso de incendios y la seguridad de utilización. Mientras, en el área de habitabilidad están incluidos los requisitos relacionados con la salubridad, la protección frente al ruido y el ahorro de energía.
La segunda parte se compone de los Documentos Básicos (DB), que son textos de carácter técnico que se encargan de trasladar al terreno práctico las exigencias detalladas en la primera parte del CTE. Cada uno de los documentos incluye los límites y la cuantificación de las exigencias básicas y una relación de procedimientos que permiten cumplir los requisitos.
Los Documentos Básicos son los siguientes:
DB SE: Seguridad estructural. Está compuesto a su vez de cinco documentos:
La normativa se completa con los documentos reconocidos, que son textos de carácter técnico y sin poder reglamentario. Estos documentos cuentan con la aprobación del Ministerio de la Vivienda, que configura periódicamente una lista actualizada de los mismos denominada Registro General del CTE.
Pueden ser documentos reconocidos las guías técnicas o códigos de buenas prácticas sobre procedimientos de diseño, cálculo, ejecución, mantenimiento y conservación de productos, elementos y sistemas constructivos. También pueden formar parte de este grupo los métodos de evaluación y soluciones constructivas, incluso programas informáticos, sobre la edificación. Por último, también podrían incluirse comentarios sobre la aplicación del CTE y otro tipo de documentos.
Elaboración y mantenimiento
El Ministerio de Vivienda, a través de la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda es el organismo encargado por el Gobierno para la elaboración y mantenimiento del CTE.
El CTE se actualizará periódicamente conforme a la evolución de la técnica y la demanda de la sociedad, para lo cual se crea el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación (CSICE), como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Vivienda, al que corresponde contribuir a alcanzar los objetivos de calidad de los edificios que persigue la LOE, y promover medidas que permitan un desarrollo sostenible en la edificación, mediante el impulso y coordinación de los criterios y actuaciones de las Administraciones Públicas en materia de promoción y mejora de la sostenibilidad, innovación y calidad de la edificación, en estrecha cooperación con los agentes del sector.
Para ello el CSICE está asistido por la Comisión del CTE, que es un órgano colegiado de asistencia y asesoramiento del Consejo en todo lo relacionado con la aplicación, desarrollo y actualización del CTE, además también cuenta con la participación de diversos centros de investigación y universitarios y la colaboración desinteresada de expertos independientes.
Para una mayor información o descarga de las diversas normativas, puede consultar en el sitio web del Ministerio de Fomento